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INFORMACIÓN SOBRE LA SOLICITUD DE PATROCINIO DE LA UNESCO O DE LA COMISIÓN NACIONAL ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN CON LA UNESCO
La propiedad intelectual del nombre, el acrónimo y el logotipo de la UNESCO pertenece a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Por ello, no pueden ser utilizados sin su consentimiento previo y por escrito.
En el marco institucional y en la práctica de la UNESCO, el uso de los elementos mencionados tiene los objetivos de:
Las Comisiones Nacionales de Cooperación con la UNESCO son las garantes de que el nombre, el acrónimo y el logotipo de la Organización se empleen correctamente en sus respectivos países. Ellas tienen, además, su propio logotipo –que incluye el emblema y el acrónimo de la UNESCO–, debiendo velar también por su correcta utilización. Por ello, las Comisiones Nacionales intervienen en los procedimientos de solicitud de patrocinio tanto de la UNESCO como del suyo propio. En ambos supuestos, la cesión de uso del nombre y del logotipo correspondiente está sujeto a determinadas condiciones. En todo caso, consiste en un apoyo institucional que no conlleva compromisos, aportaciones ni responsabilidades financieras, jurídicas o de otro tipo.
En el marco institucional y en la práctica de la UNESCO, el uso de los elementos mencionados tiene los objetivos de:
- Ampliar la notoriedad y el alcance de la Organización mediante la asociación efectiva de su nombre y su logotipo con las actividades de sus redes e interlocutores;
- Protegerlos de la utilización inadecuada o no autorizada.
Las Comisiones Nacionales de Cooperación con la UNESCO son las garantes de que el nombre, el acrónimo y el logotipo de la Organización se empleen correctamente en sus respectivos países. Ellas tienen, además, su propio logotipo –que incluye el emblema y el acrónimo de la UNESCO–, debiendo velar también por su correcta utilización. Por ello, las Comisiones Nacionales intervienen en los procedimientos de solicitud de patrocinio tanto de la UNESCO como del suyo propio. En ambos supuestos, la cesión de uso del nombre y del logotipo correspondiente está sujeto a determinadas condiciones. En todo caso, consiste en un apoyo institucional que no conlleva compromisos, aportaciones ni responsabilidades financieras, jurídicas o de otro tipo.
El patrocinio de la UNESCO
La UNESCO concede su patrocinio con carácter excepcional para actividades o eventos puntuales de dimensión ampliamente internacional, en estrecha relación con los valores y objetivos de la Organización y de viabilidad demostrada.
El patrocinio de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO
Las Comisiones Nacionales de Cooperación con la UNESCO pueden ceder el uso de su logotipo para patrocinar actividades o eventos que, alineados con los valores, principios y metas constitucionales de la Organización, sean...
Fecha de modificación de la página: 22/05/2025