El patrocinio de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO

En determinadas circunstancias, las Comisiones Nacionales de Cooperación con la UNESCO pueden ceder el uso de su logotipo para patrocinar actividades o eventos que, alineados con los valores, principios y metas constitucionales de la Organización, sean promovidos por entidades de la nacionalidad correspondiente, sean o no miembros de alguna red de la UNESCO.

Más concretamente, para obtener el patrocinio de la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO (en adelante, “Comisión Nacional”) es preciso cumplir los siguientes requisitos:
1

Texto de ejemplo

Debe tratarse de una actividad o evento de carácter único o excepcional, con un impacto real en alguna de las áreas temáticas de la UNESCO (educación, cultura, ciencias naturales, ciencias sociales y humanas, y comunicación e información), y contribuir a incrementar la visibilidad de los valores, objetivos e iniciativas de la Organización. En este contexto, podría ser una exposición, un festival, una publicación, una conferencia, simposio, seminario o congreso, la concesión de un premio (siempre que no sea asimilado a los otorgados por la Organización), una producción audiovisual o una actividad o evento de similar naturaleza a los aquí relacionados con un alcance local, autonómico, nacional, internacional o global. En el caso de publicaciones o de producciones audiovisuales, la eventual autorización del patrocinio quedará condicionada a la supervisión del texto final y de los contenidos post-producción, respectivamente.
2

Texto de ejemplo

El solicitante debe ser una entidad española con personalidad jurídica. No se puede otorgar el patrocinio a personas físicas ni a organizaciones para el conjunto de sus actividades permanentes.
3

Texto de ejemplo

La actividad o evento debe tener una duración máxima de seis meses y fechas precisas y definitivas de comienzo y fin. Con carácter excepcional y en razón de sus especiales características, las publicaciones y las producciones audiovisuales deberán producirse en el plazo máximo de un año desde que se autorice el patrocinio. En ningún caso se concederán patrocinios a actividades o proyectos permanentes o que evolucionen de manera continua.
4

Texto de ejemplo

La actividad o evento puede ser puntual o periódica. En este último supuesto, será necesario solicitar una nueva autorización para cada edición. En todo caso, el patrocinio no se concederá sistemáticamente a eventos que se celebren con carácter anual.
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Texto de ejemplo

La viabilidad de la actividad o evento debe quedar demostrada a nivel jurídico, financiero y técnico. En particular, debe contar con un presupuesto firmemente establecido en el momento de presentar la solicitud. El nombre y el logotipo de la Comisión Nacional no pueden ser utilizados para la captación de fondos o fundraising.
6

Texto de ejemplo

Cuando la actividad o el proyecto objeto de la solicitud involucre a varios países, se recomienda solicitar también el patrocinio de las Comisiones Nacionales correspondientes.
7

Texto de ejemplo

La venta de bienes o servicios que incluyan el nombre o el logotipo de la Comisión Nacional con fines fundamentalmente lucrativos es considerada como “uso comercial” y debe autorizarse expresamente por aquella en el marco de un documento contractual.
Solicite el patrocinio de la Comisión Nacional en tres pasos:
2. Envíelo a la Comisión Nacional (hispaunesco@aecid.es) con una antelación mínima de un mes al inicio de la actividad o evento para el que se solicita; de lo contrario, no podrá asegurarse su tramitación. Se recomienda adjuntar al formulario el programa y el presupuesto detallado de la actividad, así como, en su caso, una lista de otros patrocinadores, cartas de apoyo o cualesquiera otros documentos que se consideren pertinentes.
3. La Comisión Nacional evaluará su solicitud y le informará por correo electrónico sobre el resultado de dicha evaluación.
En caso de ser favorable, se acompañará de lo siguiente:
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  • El logotipo de la Comisión Nacional.
  • Sus normas de utilización, entre las que destacan la necesidad de incorporar junto al logotipo la expresión “Con el patrocinio de:” y la imposibilidad de modificar su composición o color.
  • El “Informe sobre el patrocinio otorgado por la Comisión Nacional Española de Cooperación con la UNESCO” que el solicitante deberá remitir a la Comisión Nacional en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad o evento patrocinado. Este formulario, cuyo objeto es analizar la repercusión de la actividad o evento especialmente en lo que concierne a la presencia de la Comisión Nacional en los medios de comunicación y a la movilización de públicos específicos, deberá ir acompañado de materiales gráficos y documentos en los que haya sido reproducido el logotipo o citada la Comisión Nacional. La concesión de nuevos patrocinios dependerá de su recepción.
Fecha de modificación de la página: 22/05/2025

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